Salta

18/02/2023

Autorizan una ablación en vida entre personas unidas por lazo de “socioafectividad”

Una jueza en Orán falló a favor del trasplante de órganos entre dos personas que no son parientes sanguíneas. Es el primer caso en la provincia.

Fue la jueza de primera instancia de Personas y Familia segunda nominación del Distrito Orán, Ana María Carriquiry quien autorizó la ablación de órganos entre no-parientes consanguíneas, sino amigas unidas por lazo un de “socioafectividad”; declarando en consecuencia inaplicable el límite establecido por el Artículo 22 de la Ley Nacional Nº 27.447: “Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células”, el cual dispone que solo está permitida la ablación de órganos o materiales anatómicos en vida con fines de trasplante sobre una persona capaz mayor de 18 años con lazos consanguíneos, sacando de consideración el componente social y afectivo que no se asocia solamente al parentesco biológico-consanguíneo.

Según la magistrada, se trata de una resolución judicial que, si bien no es inédita en el país, es el primer antecedente en Salta. A partir de esa novedad, ahora sólo resta que los especialistas médicos determinen el día y la hora para realizar la ablación y el trasplante al tiempo que llena de esperanzas a las protagonistas de esta historia.

El pedido de venia judicial fue instado por el Defensor Oficial Civil 2, Horacio Raúl Acevedo obteniendo dictamen favorable por parte de Fiscalía Civil, Comercial y del Trabajo, ambos organismos del Distrito Orán.


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