Salta
23/06/2022
Se viene jodido, lee esta recomendaciones para evitar incendios forestales durant
Hasta el viernes 26 por máxima alerta meteorológica hay peligro de incendios forestales, asi que evitar encender restos de poda o residuos.
La Muni intensifica las recomendaciones para evitar incendios de pastizales, ante el aumento de los siniestros que ocasionan, no solo daños irreparables al ambiente en su flora y fauna, sino también cuadros de intoxicación por humo.
Desde el Servicio Meteorológico Nacional se emitió un informe especial donde se hace resaltar que las próximas jornadas presentaran condiciones climáticas que favorecen la generación de focos ígneos.
El organismo nacional indica que, del 23 al 26 de agosto, se espera que el índice meteorológico por peligro de incendios forestales sea extremo por lo que se sugiere lo siguiente:
– No arrojar colillas ni fósforos encendidos en rutas y/o campos
-Si hace fogatas o fogones: rodearlo de piedras para evitar que el fuego se extienda. Tener a mano arena, tierra y/o agua
– Evitar las quemas de desechos, restos de podas o residuos
– No abandonar botellas u otros vidrios en zonas rurales, con el sol pueden funcionar como lupa e iniciar el fuego
-Avise a las autoridades, si observa personas sospechosas que puedan causar un incendio
-Estar atento a los vientos. Si los hay, mejor no encender fogatas
Por emergencias, los vecinos pueden comunicarse al 105.
Prohibiciones para la quema de pastizales
Se encuentran vigentes leyes e instrumentos legales que prohíben en forma terminante la quema de pastizales parciales o totales en predios o espacios públicos que generan graves perjuicios al medio ambiente y a la comunidad en general.
La Ley Provincial N° 7070/99 de Protección al Medio Ambiente sancionada en el diciembre del año 1999 y promulgada al año siguiente, estipula la prohibición de la quema de pastizales o de micro basurales y la autoridad de aplicación es la Policía Rural y Ambiental dependiente de la Dirección de Unidades Especiales (DUE) de la Policía de Salta de acuerdo al Capítulo IV- artículos N°149-N°150.
El Código Penal en su artículo N°189 estipula que será reprimido con prisión de un mes a un año, el que, por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un incendio u otros estragos.